El Gobierno de México ha publicado en el (DOF) un decreto que suspende la ocupación de un cargo público a quienes violentan.
La mañana de este 29 de mayo, se dio a conocer que el Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que se encarga de oficializar la suspensión de derechos a quienes quieren ocupar un cargo público en caso de haber tenido una sentencia de violencia de: género, familiar o sexual.
De igual manera esta aplica en caso de ser prófugos de la justicia o de haber incumplido con la pensión alimenticia.
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En este escrito compartido en el (DOF) se detalla una reforma en el párrafo dos del Apartado A del Artículo 102 y se adiciona una fracción VII perteneciente al artículo 8 de la Constitución en el que las personas no podrán ser registradas como candidatas en cualquier cargo relacionada a la elección popular o cargos en el servicio público en estos casos:
Ser prófugas de la justicia, tener sentencia por haber cometido delitos contra la vida, libertad, integridad corporal, seguridad sexuales, violencia domestica y equiparada, violación política contra mujeres con relación al genero, violación a la intimidad sexual y haber sido declaradas como deudoras alimentarias.
De igual forma revelaron los requisitos que debe de tener una persona para poder ser titular de la Fiscalía General de la República (FGR):
- Ser ciudadana mexicana por nacimiento
- Tener mínimo 35 años cumplidos el día de la designación
- Gozar de buena reputación
- No haber sido condenada por la comisión de delito doloso
- Contar con título profesional de Licenciatura de Derecho
- Antigüedad mínima de 10 años
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Esta “Ley 3 de 3” fue avalada el pasado 28 de abril por el Pleno de la Cámara de Senadores tras haber tenido la aprobación de la Cámara de Diputados; está entrará en vigor el próximo 30 de mayo.
Finalmente en los próximos 180 días, las legislaturas de las entidades federativas así como el Congreso deberán hacer los ajustes respectivos a las constituciones para cumplir con todo lo señalado.
KA
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