La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó resoluciones hechas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), al encontrarlas acorde a su competencia constitucional.
La Segunda Sala de la SCJN determinó que el Inai cuenta con atribuciones para emitir normas generales para la protección de datos personales, incluidas aquellas en materia de derecho administrativo sancionador.
Una persona moral recurrió a la Suprema Corte después de que el Inai lo sancionara por recabar datos personales financieros de una persona sin su consentimiento expreso.
En el juicio de nulidad argumentó que los lineamientos eran contrarios al orden constitucional por contravenir el principio de legalidad.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa reconoció la validez de la multa, por lo que la persona sancionada reclamó dichos lineamientos a través de un juicio de amparo. El Tribunal Colegiado de Circuito del conocimiento negó la protección solicitada, por lo que la parte quejosa interpuso un recurso de revisión.
La Segunda Sala de la Corte determinó que la competencia constitucional otorgada al Inai para conocer de la materia de protección de datos personales en posesión de los particulares le concede amplias atribuciones, entre las que se encuentran la facultad de emitir normas generales tanto sustantivas como adjetivas en materia de protección de datos personales.
Esto debido a que, en su carácter de órgano constitucional autónomo, debe contar con las herramientas necesarias para el cumplimiento de sus deberes constitucionales.
El artículo 6, apartado A, fracción VIII de la Constitución General, dispone que la Federación contará con un organismo autónomo especializado, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, para lo cual tiene que realizar diversos procedimientos, entre los cuales están aquellos destinados a sancionar a los infractores al derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.
Con información de López-Dóriga Digital